El Ministerio de Seguridad, encabezado por Patricia Bullrich, autorizó el ciberpatrullaje para que las fuerzas policiales y de seguridad puedan realizar tareas “en sitios web de acceso público y fuentes digitales abiertas”.
Entre los puntos más destacados de la resolución, que fue publicada este martes en la resolución 428/2024 del Boletín Oficial, se incluye que las actividades deben realizarse sin violar la privacidad de las personas.
Además, se establecen lineamientos estrictos para asegurar el respeto a los derechos humanos, la privacidad y la libertad de expresión, así como para el manejo adecuado de la información obtenida. También se exige la destrucción de los datos una vez concluidas las actividades preventivas y se instruye sobre el uso supervisado de tecnologías como la inteligencia artificial.
La normativa será de aplicación obligatoria y las fuerzas policiales deberán informar mensualmente sobre las labores realizadas.
Según la resolución, los delitos a rastrear incluyen: venta de drogas, amenazas, venta de armas, ciberdelitos de todo tipo, venta de objetos robados, falsificación y comercialización de instrumentos públicos.
Además, se menciona el maltrato animal, violencia de género, extorsión, acoso sexual, distribución de pornografía infantil, trata y tráfico de personas, lavado de dinero, terrorismo, venta de medicamentos sin receta, búsqueda de fugitivos de la justicia y personas desaparecidas.
Los agentes tendrán algunas restricciones en el uso de tecnologías, según se detalla en la resolución. “El uso de softwares o cualquier dispositivo o herramienta tecnológica de tratamiento de la información automatizada basada en inteligencia artificial, aprendizaje automático, sistema experto, redes neuronales, aprendizaje profundo o cualquier otra que en el futuro se desarrolle se ajustará a las estrictas necesidades de la actividad regulada en este protocolo. Su uso deberá ser supervisado por el Ministerio de Seguridad”, aclara el documento.
Asimismo, está prohibido obtener información, producir inteligencia o almacenar datos sobre personas o usuarios basándose únicamente en su raza, fe religiosa, acciones privadas u opinión política. También se prohíbe emplear métodos ilegales, prohibidos, invasivos y violatorios de la dignidad de las personas para la obtención de información. No se podrá comunicar o publicitar información que viole los principios descritos en el artículo, ni incorporar datos o información falsos.