El Gobierno nacional actualizó la regulación para el patentamiento de vehículos, logrando una simplificación en las Licencias de Configuración de Modelo (LCM) que facilita la importación particular, a través de la Resolución 271/2025, que se publicó el miércoles en el Boletín Oficial.
La Secretaría de Industria y Comercio definió el procedimiento que verifica que los vehículos que circulan en el espacio público cumplen con las normas de seguridad. Esta normativa abarca todos los automotores, acoplados y semirremolques.
A partir de ahora, los particulares que deseen importar autos tendrán la opción de patentarlos utilizando la Licencia de Configuración de Modelo que ya esté vigente del fabricante o del importador.
En el supuesto de que el vehículo no disponga de una LCM, el importador particular podrá llevar a cabo el patentamiento individualmente, tramitando un certificado de seguridad vial ante la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía. Esto habilitará el patentamiento bajo un esquema similar al de la Verificación Técnica Vehicular (VTV).
Paralelamente, la nueva regulación contempla que se aceptarán certificaciones emitidas por organismos como las Naciones Unidas, la Unión Europea, Estados Unidos y Brasil.
Se actualizó el procedimiento para que puedas importar y registrar vehículos nuevos de forma particular, sin intermediarios y con certificaciones reconocidas internacionalmente. pic.twitter.com/LhR2CZtPVz
— Secretaría de Industria y Comercio (@ComercioArg) July 2, 2025
Funcionarios del Gobierno destacaron la importancia de esta medida, afirmando que desde ahora “los ciudadanos tendrán la libertad de adquirir vehículos nuevos en el exterior sin depender de fabricantes o importadores”.
En el documento oficial, se subrayó que “las modificaciones buscan ampliar la cadena de comercialización y optimizar las condiciones de importación, mejorando el parque automotriz sin afectar la seguridad”.
Asimismo, se expuso que “un gran número de regulaciones vigentes en el Sector Público Nacional se han quedado obsoletas por los avances tecnológicos y cambios en el contexto, generando exigencias que, aunque eran justificadas, ahora generan demoras y costos innecesarios. Esto repercute en la oferta del parque automotor actual, por lo que es necesario actualizar el marco normativo”.
Esta iniciativa se alinea con la Resolución 222/2025, que simplificó el sistema de control de autopartes y elementos de seguridad, acelerando los procesos de comercialización.
Hoy en día, la fabricación, importación y comercialización de autopartes y elementos de seguridad se realiza sin necesidad de autorizaciones previas, siendo responsabilidad de fabricantes e importadores asegurar el cumplimiento de la normativa.
Hasta la modificación, era obligatorio obtener el Certificado de Homologación de Autopartes de Seguridad (CHAS) en el INTI, el único organismo habilitante, lo que provocaba importantes demoras y costos en las actividades del sector privado, según sostuvo el Ejecutivo.
Sin la homologación, las empresas enfrentaban restricciones para importar autopartes. En la actualidad, no es necesario presentar documentación ante el INTI, ya que “no hay trámites previos obligatorios ni costos asociados, eliminando así las demoras”.
Para comercializar, las empresas deben contar con la Licencia de Certificación de la Autoparte que puede ser emitida por diversos laboratorios y organismos internacionales, “eliminando así la limitación a un único organismo nacional que regía anteriormente”.
La seguridad de las autopartes se verifica de manera ex-post, garantizando que cumplen con las normas de seguridad establecidas en el decreto 196/25.