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martes 16 abril 2024

El Poder Judicial seguirá con jubilaciones con movilidad

Politica y EconomíaEl Poder Judicial seguirá con jubilaciones con movilidad

Diputados opositores lo atribuyeron principalmente a una negociación de la Casa Rosada con funcionarios judiciales.

Entre las modificaciones para sumar apoyos al proyecto Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, el Gobierno aceptó revisar la suspensión por 180 días de la movilidad de las jubilaciones de docentes nacionales, docentes universitarios, investigadores científicos y judiciales.

Según detalla el diario Clarín, en el caso de la movilidad de los haberes, diputados opositores lo atribuyeron principalmente a una negociación de la Casa Rosada con funcionarios judiciales.

“Y si no, iba derecho a la jungla judicial”, descontó uno de los diputados que confirmó la modificación. Los ítems previsionales, también la suspensión de la movilidad, generaron buena parte de las controversias del proyecto.

“Va a haber jubilados de primera y de segunda”, cuestionó Luciano Laspina (PRO), uno de los que tomó la palabra en el comienzo del tratamiento.

Por su parte, el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, explicó ayer a los legisladores que el Ejecutivo va a atender «a los sectores de más bajos ingresos», con lo cual, cuando se otorguen aumentos para todos los jubilados, cobrarán más los que perciben la mínima, y menos los que tengan haberes medios y altos.

Al igual que a los docentes y científicos no quedarán afectados, la fórmula de movilidad que aplica el sistema previsional de la Anses no se aplicaría a otros regímenes especiales, entre ellos la que se otorga a los ex combatientes de Malvinas o al personal del servicio exterior de la Nación.

Una política similar se aplicó en el gobierno del ex presidente Néstor Kirchner, que implicó el congelamiento de miles de jubilaciones y pensiones que no estaban en la mínima, con lo cual se generaron juicios que llegaron a la Corte Suprema de Justicia que -en la causa de Adolfo Badaro- determinó que había sido inconstitucional y ordenó que la movilidad estuviese en vigencia para todos los jubilados.

La ley ómnibus también prevé cambios en las contribuciones patronales: el artículo 54, faculta al Ejecutivo a establecer incrementos salariales obligatorios para el sector privado y a eximirlos, temporalmente, del pago de aportes y contribuciones.

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