23.2 C
Córdoba
martes 19 marzo 2024

Fin de la feria judicial extraordinaria en la Corte Suprema y en las cámaras nacionales y federales

NacionalesFin de la feria judicial extraordinaria en la Corte Suprema y en las cámaras nacionales y federales

Así lo dictaminó el máximo tribunal. Las restricciones seguirán en los juzgados de primera instancia y en los tribunales orales.

La Corte Suprema de Justicia levantó la feria judicial extraordinaria que regía desde marzo para el propio tribunal y para las cámaras nacionales y federales, medida que había sido aplicada en el marco de la emergencia por la pandemia de coronavirus.

Las restricciones, sin embargo, continuarán en juzgados de primera instancia y en los tribunales orales.

La Corte había iniciado la feria cuando comenzó la cuarentena, el 19 de marzo pasado, y la había prorrogado automáticamente cada vez que el Poder Ejecutivo extendió las restricciones.

En una acordada que será firmada y difundida este lunes al mediodía, los miembros del máximo tribunal dispusieron suspender plazos procesales, ordenó implementar protocolos especiales de salud y encomendó que se priorice el trabajo remoto, con presencia mínima de personal. Además, mantuvo las licencias excepcionales para los grupos de riesgo frente al COVID-19 y solicitó que se arbitren los medios necesarios para garantizar la atención virtual ante presentaciones y consultas.

El máximo órgano judicial ya había resuelto levantar la feria judicial en 14 provincias en las últimas semanas: algunas ciudades de Buenos Aires, Catamarca, Tierra del Fuego, La Rioja, Santa Fe, Corrientes, Tucumán, Chubut, Mendoza, Santa Cruz, San Juan, San Luis y Córdoba. Se trata de zonas que se encuentran en una etapa más avanzada del aislamiento obligatorio donde la circulación del virus está más controlada que en otras partes del país.

En esas jurisdicciones, se ordenó que “todo el personal judicial que concurra a los tribunales y dependencias para prestar servicios deberá adoptar todas las medidas de prevención, higiene, movilidad y transporte emanadas de las autoridades competentes en el respectivo ámbito”, mientras que se mantuvieron “las licencias excepcionales, a favor de aquellos magistrados, funcionarios y empleados” que estén en grupos de riesgo o dentro de los exceptuados en resoluciones anteriores.

Dele un vistazo a nuestro otro contenido.

Más noticias

Tendencias:

Noticias destacadas