{"id":97962,"date":"2023-06-02T11:09:12","date_gmt":"2023-06-02T14:09:12","guid":{"rendered":"https:\/\/www.cordobatimes.com\/showup\/?p=97962"},"modified":"2023-06-02T11:09:12","modified_gmt":"2023-06-02T14:09:12","slug":"un-nuevo-fallo-beneficio-a-juan-darthes-en-la-denuncia-que-habia-iniciado-en-su-contra-thelma-fardin","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.cordobatimes.com\/showup\/famosos\/2023\/06\/02\/un-nuevo-fallo-beneficio-a-juan-darthes-en-la-denuncia-que-habia-iniciado-en-su-contra-thelma-fardin\/","title":{"rendered":"Un nuevo fallo benefici\u00f3 a Juan Darth\u00e9s en la denuncia que hab\u00eda iniciado en su contra Thelma Fardin"},"content":{"rendered":"<h3><strong>En el sistema judicial de Brasil se denomina \u201cembargo\u201d, donde se le solicitan explicaciones al juez a cargo de la causa<\/strong><\/h3>\n<p>\u201cQuedan dudas sobre la forma en que sucedieron los hechos descritos en la denuncia. Entiendo que debe mantenerse la absoluci\u00f3n del imputado\u201d, sostuvo el fallo, en respuesta a planteos de aclaratoria por parte de la Fiscal\u00eda, ya que la sentencia\u00a0no hab\u00eda abordado la acusaci\u00f3n del acceso carnal. El juez\u00a0Fernando Toledo\u00a0Carneiro\u00a0hab\u00eda considerado que el abuso estaba prescripto.<\/p>\n<p>Hace dos semanas, la Justicia de Brasil absolvi\u00f3 en primera instancia al actor\u00a0Juan Darth\u00e9s\u00a0por la denuncia de\u00a0Thelma Fardin\u00a0a ra\u00edz los hechos que sucedieron el 17 de mayo de 2009 durante la gira de la obra\u00a0Patito Feo\u00a0en Nicaragua. En ese momento, la actriz ten\u00eda 16 a\u00f1os y el acusado 45. Pero tanto la fiscal\u00eda como la defensa hicieron planteos contra esa sentencia que hoy volvieron a tener respuesta.<\/p>\n<p>Despu\u00e9s de la sentencia, en el sistema judicial brasile\u00f1o hay una primera instancia donde se le solicita una revisi\u00f3n y explicaciones de su fallo al juez, recurso que se denomina embargo, y que\u00a0es previo a la apelaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En ese contexto, la fiscal\u00eda plante\u00f3 un error material y una \u201comisi\u00f3n\u201d en la sentencia diciendo que el fallo no hab\u00eda analizado el acceso carnal denunciado por Telma\u00a0porque el hecho estaba prescrito, seg\u00fan la fecha del momento de los hechos.\u00a0La defensa tambi\u00e9n se quej\u00f3, pero diciendo que se debi\u00f3 haber dictado la absoluci\u00f3n porque en ning\u00fan momento se configur\u00f3 violencia f\u00edsica.<\/p>\n<p>\u201cReconozco la existencia de un error material en la sentencia dictada y, en consecuencia, una omisi\u00f3n en el an\u00e1lisis de los actos libidos por lo que es necesario abordar el tema\u201d, se\u00f1al\u00f3 el juez. Y tras repasar los dichos de Thelma y otros testigos, el juez subray\u00f3: \u201cLos informes presentados por la v\u00edctima y los testigos sobre actos\u00a0libidinosos distintos de la conjunci\u00f3n carnal, a\u00fan no son\u00a0suficientes\u00a0para acreditar la ocurrencia de los hechos, tal como se describen en la denuncia, para autorizar un decreto condenatorio\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEl hecho aqu\u00ed analizado es la ocurrencia o no de violaci\u00f3n (en este momento, m\u00e1s espec\u00edficamente la parte de la denuncia que se refiere a actos libidinosos distintos de la conjunci\u00f3n carnal por violencia o amenaza grave) el 17 de mayo de 2009, en Managua, Nicaragua, dentro de una de las habitaciones del hotel donde la v\u00edctima y los acusados se alojaban. Para la condena que pretende la acusaci\u00f3n, es necesaria\u00a0prueba s\u00f3lida\u00a0que acredite la existencia del delito y su autor\u201d, sostuvo.<\/p>\n<p>Asimismo, el fallo advirti\u00f3: \u201cSi bien la v\u00edctima describi\u00f3 actos libidinosos distintos de la conjunci\u00f3n carnal con mayor confianza en comparaci\u00f3n con la conjunci\u00f3n carnal,\u00a0todav\u00eda la \u00fanica prueba concluyente sobre la ocurrencia del delito es su informe, que a lo largo de los a\u00f1os ha sido compartido con los testigos escuchados en juicio y lo cual result\u00f3 ser cre\u00edble a los ojos de los profesionales que posteriormente la examinaron, seg\u00fan los informes psicol\u00f3gicos adjuntos al expediente\u201d.<\/p>\n<p>\u201cSin embargo, sigue presente la duda inculcada en esta sentencia respecto de qu\u00e9 sucedi\u00f3 exactamente hace aproximadamente 14 a\u00f1os en el interior de la referida habitaci\u00f3n de hotel. Por lo tanto, observo que el cambio en la versi\u00f3n presentada por la v\u00edctima, en particular con respecto a las relaciones carnales, no fue el \u00fanico elemento que condujo a la absoluci\u00f3n del acusado\u201d, asever\u00f3 el juez.<\/p>\n<p>El fallo record\u00f3 que \u201cel\u00a0examen del cuerpo del crimen result\u00f3 in\u00fatil\u00a0en el presente proceso, ya que se realiz\u00f3 m\u00e1s de nueve a\u00f1os despu\u00e9s de la ocurrencia de los hechos con motivo de la denuncia realizada por la v\u00edctima en Nicaragua, lo que tambi\u00e9n es v\u00e1lido para los actos ahora analizados\u201d. Y agreg\u00f3: \u201cLa ausencia de elementos como el examen del\u00a0corpus delicti\u00a0dificulta la formaci\u00f3n de un alto grado de convicci\u00f3n. El mismo razonamiento utilizado en la sentencia tambi\u00e9n se aplica en relaci\u00f3n con los relatos de otras mujeres sobre sus experiencias con el acusado, ya que a\u00fan se est\u00e1 juzgando un caso concreto, sobre un delito espec\u00edfico\u201d.<\/p>\n<p>Es que, para el magistrado, \u201clos informes de los testigos Carla y Ana (o incluso Natalia)\u00a0no son suficientes para confirmar la ocurrencia del delito\u00a0descrito en la denuncia, ya que los hechos aqu\u00ed imputados al imputado son diferentes a los narrados por el testigos\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEl tiempo transcurrido desde la ocurrencia de los hechos sigue mostr\u00e1ndose como un factor determinante para el esclarecimiento de los hechos, siendo imprudente en este momento emitir un juicio conclusivo sobre la ocurrencia de los hechos, tal como se describe en la demanda, \u00fanicamente con fundamento en los informes presentados, es decir, aseverar con la convicci\u00f3n necesaria para sustentar una convicci\u00f3n que el 17 de mayo de 2009, entre las 7:30 pm y las 8:00 pm, en el interior del Hotel Holiday Inn, en la ciudad de Managua, Nicaragua, el acusado cometi\u00f3 actos libidinosos distintos del coito carnal mediante violencia o amenazas graves contra la v\u00edctima\u201d, complet\u00f3 el juez en el escrito.<\/p>\n<p>El juicio contra Darth\u00e9s comenz\u00f3 el\u00a030 de noviembre de 2021,\u00a0dos a\u00f1os despu\u00e9s de que Fardin presentara la denuncia por abuso sexual agravado en diciembre de 2018 en Nicaragua, por hechos supuestamente consumados en 2009 cuando ella ten\u00eda 16 a\u00f1os.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el sistema judicial de Brasil se denomina \u201cembargo\u201d, donde se le solicitan explicaciones al juez a cargo de la causa \u201cQuedan dudas sobre la forma en que sucedieron los hechos descritos en la denuncia. 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