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viernes 29 marzo 2024

Extienden a call centers eximición de Ingresos Brutos y Sellos sin plazo

CórdobaExtienden a call centers eximición de Ingresos Brutos y Sellos sin plazo

El decreto destaca que estas empresas son generadoras de empleo, en particular entre jóvenes de 18 a 25 años. La Dirección General de Rentas será la encargada de dictar las normas o procedimientos para instrumentar los beneficios referidos.

Todas aquellas empresas que desarrollen en la provincia la actividad conocida como “call center”, quedan eximidas sin límite temporal del pago del impuesto sobre Ingresos Brutos (II.BB) y Sellos, de acuerdo a un decreto que lleva las firmas del gobernador Juan Schiaretti, del Fiscal de Estado, Jorge Córdoba y del ministro de Finanzas, Osvaldo Giordano.

El instrumento legal lleva el número 715/17, y será la Dirección General de Rentas la encargada de dictar las normas o procedimientos para instrumentar los beneficios referidos, con el objetivo de incentivar “la creación de puestos de trabajo, la realización de inversiones productivas o reducción de precios en los servicios públicos”.

“Es política del actual Gobierno de Córdoba mejorar los niveles de empleo y producción de bienes y servicios mediante la adopción de medidas tendientes a promover la continuidad en la radicación y/o ampliación de inversiones productivas en la provincia”, recuerda el decreto.

De igual modo, se destaca en los considerandos que “la actividad de call center promueve el empleo de jóvenes de una franja de 18 a 25 años. En la mayoría de los casos evidencian su primer empleo y, asimismo, para la provincia redunda en beneficios en materia económica”.

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